miércoles, 7 de noviembre de 2012

HISTORIA DEL CONSTITUCIONALISMO CHILENO


En la historia de Chile han existido 10 textos constitucionales (1811, 1812, 1814, 1818,1822, 1823, 1828, 1833, 1925 y 1980) así como un proyecto de constitución federal en 1826 que no llegó a buen puerto. Su elemento común ha sido la creación de un estado unitario, salvo el ensayo federal de 1826, con diversos grados de presidencialismo. Estas constituciones se pueden dividir según el periodo histórico en la cual fueron redactadas y por su elaboración y estructura interna.
                                                                 DE LA INDEPENDENCIA
Estos primeros textos buscaban legitimar la independencia respecto a España y organizar principalmente el poder ejecutivo en la persona del Director Supremo. En muchos casos fueron derogadas asumiendo una Junta de Gobierno o el Director Supremo las funciones constituyentes.
Patria Vieja
§  El Reglamento para el Arreglo de la Autoridad Ejecutiva Provisoria de Chile de 1811 (19 artículos). Redactada y aprobada por el Congreso Nacional el 11 de agosto de 1811. Derogada el 15 de noviembre de 1811 por el golpe de estado de José Miguel Carrera.

§  El Reglamento Constitucional Provisorio de 1812 (27 artículos). Redactado y promulgado por José Miguel Carrera el 26 de octubre de 1812. Se considera que contiene una velada declaración de independencia, al señalar que "Ningún decreto, providencia u orden, que emane de cualquier autoridad o tribunales de fuera del territorio de Chile, tendrá efecto alguno; y los que intentaren darles valor, serán castigados como reos del Estado", aunque comienza estableciendo que Chile reconoce que "Su Rey es Fernando VII". Fue derogado el 6 de octubre de 1813.
§  El Reglamento para el Gobierno Provisorio de 1814 (13 artículos) promulgado el 17 de marzo de 1814. Crea el cargo  del director Supremo. Suspendida por la restauración española en octubre de 1814 que marca el fin de la Patria Vieja.
Patria Nueva
Después de la expulsión de los realistas y durante el Gobierno de O'Higgins se dictaron dos textos:
§  La Constitución Provisoria para el Estado de Chile de 1818 (143 artículos). Elaborada por una comisión redactora, aprobada el 8 de agosto de 1818.
§  La Constitución Política del Estado de Chile de 1822 (248 artículos). Redactada por el ministro de estado José Antonio Rodríguez Aldea. Promulgada el 30 de octubre de 1822.
Período de ensayos constitucionales
Tras la abdicación de O'Higgins se produce un periodo de años de aprendizaje político en el cual se ensayan diversas formas de ordenar la república. Los textos redactados fueron casi al momento de su vigencia inaplicables, siendo derogados rápidamente:
§  La Constitución Política y Permanente del Estado de Chile de 1823 (277 artículos) llamada también la constitución moralista, su principal redactor fue Juan Egaña. Discutida y aprobada por el Congreso General Constituyente electo en 1823, el 29 de diciembre. Derogada en 1824, durante el gobierno de Ramón Freire.
§  Las Leyes Federales de 1826, mal llamadas colectivamente como la Constitución de 1826. Discutidas y aprobadas por el Congreso General Constituyente de 1826 de mayoría federalista. Fueron iniciativa de José Miguel Infante, principal partidario de las ideas federales en la época. Se otorgaba amplia autonomía y dividía al país en 8 provincias sin definir limites claros. Lo cual produjo conflictos entre ellas. Fueron derogadas en 1827, durante el gobierno del presidente Francisco Antonio Pinto.
§  La Constitución Política de la República de Chile de 1828 (134 artículos). Constitución liberal de 1828, ideólogo y principal redactor fue José Joaquín de Mora junto con Santiago Concha. Discutida, revisada y aprobada por el Congreso General Constituyente electo en 1828, el 8 de agosto. Este texto sirvió para las constituciones que le suceden al ser el modelo de redacción y organización del Estado. Se ha señalado que era inaplicable pero los primeros problemas surgen a raíz de elección de Presidente y Vicepresidente al dividirse la política nacional entre pipiolos (liberales) y pelucones (conservadores) en la elección presidencial. Si bien la Constitución de 1828 cae en este periodo una serie de características la podrían colocar en forma más adecuada en el siguiente.
       LA REPÚBLICA
Corresponde a las constituciones modernas en el sentido de enunciar y delimitar los derechos humanos y sociales, establecer la relación entre Estado-ciudadanos, fijar y normas  las funciones de los poderes del Estado y sus autoridades; mecanismos de formación de las leyes y de reforma constitucional. Todas definen la República de Chile como un Estado unitario, cuyo Presidente es a la vez jefe de Estado y Gobierno, con un Congreso bicameral y un poder judicial independiente.
§  La Constitución Política de la República de Chile de 1833 (168 artículos, con 7 disposiciones transitorias), reformada en 1871,1873, 1874, 1882, 1888, 1891, 1892 y 1893. Discutida y aprobada por la Gran Convención de 1830 cuya misión inicial era reformar la de 1828. Su ideólogo sería Diego Portales, redactada por Mariano Egaña y Manuel Gandarillas. Aprobada el 25 de mayo  de 1833.
§  La Constitución Política de la República de Chile de 1925 (110 artículos y 10 disposiciones transitorias). Reformada en 1943,1957, 1959, 1963, 1967, 1969, 1970 y 1971. Autores intelectuales fueron Arturo Alessandri y José Maza. Se designó una Comisión Consultiva para su discusión y en base a un texto de Maza se redactó la constitución. Aprobada en plebiscito del 30 de agosto de 1925, en el cual hubo una altísima abstención, promulgada el 18 de septiembre del mismo año, entró en vigencia un mes después. Suspendida parcialmente su aplicación por el golpe de estado de 11 de septiembre de 1973.
§  La Constitución Política de la República de Chile de 1980 (120 artículos, con 29 disposiciones transitorias). Reformada en 1989, 1991, 1994, 1997, 1999, 2000, 2001, 2003, 2005, 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011. En su redacción intervinieron: una comisión de estudios presidida por Enrique Ortúzar, el Consejo de Estado (en donde cupo una importante participación al ex presidente Jorge Alessandri, Presidente del Consejo) y la Junta de Gobierno. El texto fue aprobado en un plebiscito celebrado el 11 de septiembre de 1980.





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